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Información sobre el marco nacional e internacional de RSC
NACIONAL
Informe del Foro de Expertos en Responsabilidad Social de las Empresas
Constituido el 17 de marzo de 2005, y culminado sus trabajos en julio de 2007, el Foro de Expertos en RSE ha reunido a 40 representantes de todos los sectores sociales: ONG, Universidad, empresas y Administraciones Públicas, con la finalidad de facilitar, a través de sus conclusiones, la labor del Gobierno a la hora de elaborar una ley sobre RSC.
A través de las reuniones celebradas, el foro ha permitido avanzar en la definición de roles y actuaciones necesarias para el fomento de la RSC. Los documentos de trabajo recogen las posiciones consensuadas de sus integrantes.
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Informe de la Subcomisión para potenciar y promover la Responsabilidad Social de las Empresas
La Subcomisión Parlamentaria de RSC fue constituida en febrero de 2005, con el objeto de estudiar las nuevas tendencias vinculadas a la incorporación de los principios de Responsabilidad Social por parte de las empresas, con la finalidad de proponer un conjunto de medidas al Gobierno para potenciar y promover la RSC de las mismas.
Presentó sus conclusiones finales en junio de 2006, recogidas en un documento llamado "Libro Blanco de la RSC". El documento, aprobado por unanimidad, es el primero de este tipo reconocido por un parlamento Europeo. Las recomendaciones, 57 en total, son propuestas de políticas públicas a las organizaciones en general: empresas y gobierno.
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INTERNACIONAL
Sobre la responsabilidad social en las empresas: una nueva asociación. Richard Howitt. Comisión de Empleo y Asuntos Sociales. Parlamento Europeo 2006
Richard Howitt, portavoz del Parlamento Europeo sobre RSC, ha elaborado un informe sobre la situación actual de la RSC en el marco de la Comisión Europea: “Report on CSR: a new partnership”. [Informe sobre RSC: una nueva asociación] (Nov.2006), aprobado por el Parlamento Europeo en Marzo de 2007.
En dicho informe se establecen una serie de recomendaciones tanto a nivel de la Unión Europea, la Comisión, el Parlamento Europeo o los propios gobiernos y administraciones de los estados miembro.
Se tratan, entre otros temas, el establecimiento de criterios que deben ser respetados por las empresas que se consideran responsables, la revelación de lobbistas y grupos de presión, el compromiso con estándares internacionales generalmente aceptados y monitoreo independiente para las actividades de RSC, el seguimiento y evaluación de las empresas Europeas a lo largo de sus cadenas de subcontratas fuera de la UE, el reporting social y medioambiental en forma conjunta con el reporte financiero, la responsabilidad de los directivos respecto de publicidad engañosa, así como de prácticas comerciales injustas o la inclusión de la RSC en acuerdos de comercio.
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Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, Organisation for Economic Co-operation and Development , (actulización 2011)
Las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales son recomendaciones dirigidas por los gobiernos a las empresas multinacionales, y han sido suscritas por los 30 miembros de la OCDE y 8 países no-miembros (Argentina, Brasil, Chile, Eslovenia, Estonia, Israel, Latvia y Lituania).
Enuncian principios y normas voluntarias para una conducta empresarial responsable en terrenos como publicación de informaciones, empleo y relaciones laborales, medio ambiente, lucha contra la corrupción, intereses de los consumidores y ciencia y tecnología.
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Diez años después: Evaluando el aporte de las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales a la conducta empresaria responsable. OCDE Watch (2010)
OCDE Watch es una red internacional de más de 47 ONG, creada para facilitar las actividades de las ONG entorno a las Directrices de la OCDE y el trabajo del Comité de Inversión. Este informe, evalúa la efectividad de las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales tras 10 años de su puesta en marcha.
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Normas sobre las responsabilidades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales en la esfera de los derechos humanos. Consejo Económico y Social de Naciones Unidas. (2003)
Las Normas de Derechos Humanos para Empresas fueron adoptadas por la Subcomisión de la ONU para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos. Dicha Subcomisión es un órgano de expertos independientes de Derechos Humanos perteneciente al sistema de la ONU. Dichas normas enuncian una lista detallada de las obligaciones empresariales en la esfera de los Derechos Humanos.
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Informe del Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los Derechos Humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, John Ruggie. Asamblea General de Naciones Unidas. 2007
John Ruggie fue nombrado Representante Especial del Secretario General de Naciones Unidas para temas de Derechos Humanos y empresas. Su informe trata sobre las implicaciones de las actuaciones de las empresas en la esfera de los Derechos Humanos.
En dicho informe, se insiste en la mejor protección de los derechos de las sociedades transnacionales a través de las legislaciones nacionales, así como su mejor defensa en los arbitrajes obligatorios ante tribunales internacionales. El informe no revela las consecuencias para los pueblos, sobre todo para sectores económicamente más vulnerables de los países en vías de desarrollo, de los acuerdos comerciales, tratados bilaterales, políticas de “privatización” y de los arbitrajes obligatorios internacionales. Dicho informe ha sido contestado por un amplio espectro de la sociedad civil. [descargar informe]
Carta de sociedad civil a John Ruggie. 2007
Petición a John Ruggie, subscrita por 150 organizaciones de la sociedad civil en todo el mundo, con recomendaciones sobre la protección de los Derechos Humanos en el contexto de las actividades empresariales.
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