Empresa y Derechos Humanos

Sobre el Plan Nacional de Empresa y Derechos Humanos

El borrador del Plan Nacional de Empresa y Derechos Humanos ya está en el Consejo de Ministros para su aprobación formal.

El proceso ha sido largo, más de año y medio de trabajo en el que se ha intentado conciliar las opiniones de todos las partes consultadas: ONG, empresa, academia, sindicatos, parlamentarios, etc… Sin embargo dicho proceso ha tenido sus más y sus menos y desde algunas organizaciones denunciábamos a principios del 2014 la falta de transparencia en cuanto a las empresas participantes y sus reclamaciones además de la desnaturalización de los contenidos tras la presión de ciertos lobbys empresariales entre ellos la CEOE, que finalmente ha diluido y empeorado el borrador que está en proceso de aprobación.

A pesar de esto, el Observatorio de RSC considera muy positivo la aprobación de un Plan Nacional de Empresas y Derechos Humanos y el proceso de elaboración basado en la constitución de grupos de trabajo y la elaboración de diversos documentos borrador a partir de las aportaciones de organizaciones de la sociedad civil, universidades y empresa.

No obstante, añade Orencio Vazquez, «nos hubiese gustado que el plan fuese más concreto, preciso y medible por parte de los interlocutores a los cuales se demanda su aplicación, así como a los agentes garantes del cumplimiento del mismo. Al carecer, en muchas de las medidas, de actuaciones concretas, plazos de implementación y resultados esperados no permite generar indicadores de seguimiento. Estos aspectos pueden condicionar su eficacia como instrumento para mejorar las prácticas del Gobierno de proteger los derechos humanos, de las empresas de respetarlos, y de ambas de establecer mecanismos de remedio, en caso de no haber evitado su vulneración.»

Se prevé la creación de una Comisión de Seguimiento para la aplicación del plan conformada únicamente por representantes del gobierno y con el asesoramiento de expertos que tendrán voz pero no voto. Estos expertos serán asimismo independientes de cualquier organización y actuarán en nombre propio. La eficacia de dicha comisión dependerá del verdadero carácter independiente de sus miembros y de una formación equilibrada en cuanto a posiciones defendidas.

 

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