Inminente la adaptación de la Directiva 2014/95 de información no financiera

Informacion no financieraEl pasado jueves 15 de diciembre el Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa albergó una nueva edición de Diálogos para la Acción con diferentes representantes de partidos políticos. El objeto del coloquio estuvo centrado en la discusión sobre la Directiva de la Comisión Europea 2014/95 sobre Información no financiera y su trasposición al ordenamiento jurídico español.

El documento “Divulgación de información no financiera. Propuestas para la transposición de la Directiva Europea 2014/95”, elaborado por el Observatorio de RSC, fija las claves sobre cómo se debe transponer la directiva y que fue base para el debate.

La Directiva 2014/95 fija unos requisitos mínimos para que las empresas europeas informen anualmente sobre cuestiones no financieras relacionadas con el medio ambiente, los derechos laborales y sociales, derechos humanos, corrupción y sobornos. Estas cuestiones mínimas deben ser complementadas y ampliadas por las normas de transposición a los ordenamientos jurídicos nacionales, que cada Estado Miembro de la UE debía haber hecho hasta el pasado 6 de diciembre.

En el marco del coloquio la representante del PP, Silvia Heredia, adelantó que la transposición es inminente pues el borrador ya está preparado. Igualmente confirmó que serán la CNMV y el Registro Mercantil los organismos encargados de recibir los informes de las empresas y que a día de hoy no se prevé que estos organismos analicen esa información, sino que actuarán como meros receptores. También aclaró otro de los interrogantes que giraba en relación al proceso de trasposición en España, y es que las normas que serán modificadas para cumplir con el requerimiento de la Directiva de la Comisión Europea serán el Código de Comercio, la ley se Sociedades de Capital y la ley de Auditoría de Cuentas.

En el coloquio también se trataron otros interrogantes acerca de la Directiva y su incorporación al marco español.

La Directiva 2014/95 fijaba como fecha límite para su incorporación a los sistemas jurídicos nacionales el 6 de diciembre de 2016, y viendo que desde la aprobación de la Directiva para la divulgación de información no financiera, solo siete Estados Miembros de la Unión Europea, -Dinamarca, Estonia, Países Bajos, Grecia, Estonia, Luxemburgo, Hungría y Eslovaquia- han aprobado ya su normativa de desarrollo a nivel nacional, se trató de dar respuesta al porqué de esta tardanza o de esta aparente falta de interés por parte de los Estados miembro. A este respecto varios de los representantes presentes en el coloquio justificaron esta tardanza en el desconocimiento y la complejidad de los temas que aborda la Directiva. Sergio Vázquez (PSOE) y Carles Campuzano (CDC) coincidían en la falta de liderazgo político que en los últimos años ha existido en esta materia y en materia de RSC en general.

A quién afectará

Una de las cuestiones donde la Directiva 2014/95 daba margen de discreción a los Estados a la hora de incorporar la regulación a sus sistemas nacionales era el alcance de la obligación de informar sobre cuestiones no financieras, es decir, cada Estado Miembro puede decidir bajar el baremo establecido por la Comisión Europea de empresas de más de 500 empleados, para obligar así a informar a empresas de menos trabajadores o a empresas que cumpliesen con criterios que tuviesen en cuenta otras variantes. En este aspecto, Segundo González (Podemos) insistía en que cuantas más sean las empresas obligadas mejor, mientras que Carles Campuzano (CDC) proponía rebajar el estándar a empresas de más de 250 trabajadores e incluir otras variables que permitiesen objetivar los riesgos de las empresas, al tiempo que insistía en la necesidad de una regulación que no fuese asfixiante para las empresas pero que insistiese en la necesidad de informar y regular las situaciones más complicadas.

En referencia a este mismo punto, Sergio Vázquez (PSOE) proponía una aproximación gradual en relación con las empresas obligadas a informar, estableciendo un cronograma que empezase por la obligación de las empresas más grandes y fuese ampliando el abanico para que cada vez más empresas se viesen sometidas a este tipo de reporte. El representante del PSOE indicaba al mismo tiempo la necesidad de adaptar esta obligación de informar al tamaño de las empresas, incluyendo así un modelo de reporte abreviado para las empresas más pequeñas, con menos coste y más centrado en los temas que pueden ser materiales para las PYME. Apuntaba igualmente que el número de trabajadores/as no debe ser el factor determinante a la hora de establecer qué empresas estarán obligadas, y sí deben serlo otros criterios como el impacto público de las empresas.

Silvia Heredia (PP) confirmó que el borrador de trasposición establece el umbral en empresas de más de 500 trabajadores, al tiempo que establece que también estarán obligadas aquellas empresas medianas que sobrepasen unos límites establecidos en la Ley de Auditoría de Cuentas y la inclusión de entidades de interés público que formulen cuentas consolidadas.

Cumplir o explicar

Otro de los puntos tratados durante la tarde fue el principio de “cumplir o explicar” que aparece como una disposición fundamental en el texto de la Directiva, reflejado en el apartado 1 de los artículos 19bis y 29bis. Este principio establece que aquellas empresas que no apliquen ninguna política en relación con las cuestiones planteadas en ese mismo apartado, deberán ofrecer una explicación clara y motivada al respecto. Da por lo tanto a las empresas la capacidad de elegir entre informar sobre esos aspectos o en el caso de no hacerlo explicar por qué no informa.

En relación con este principio coincidían las posturas de los representantes políticos cuando afirmaban que este principio no puede servir como vía de escape para que las empresas decidan no aportar información, y puntualizaron que es necesario que en aquellos casos en que la empresa decida “explicar”, la justificación dada por esta debe tener la suficiente entidad como para ser considerada válida.

Monitoreo y vigilancia

Por otro lado, el monitoreo y la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones de informar en materia no financiera ha sido delegado por la Directiva en gran medida a cada Estado Miembro, siendo estos responsables de poner en marcha procesos efectivos para hacer cumplir la obligación y prevenir la divulgación de información errónea. El texto de la UE solo requiere en el modificado artículo 20 ap. 3 que un auditor legal o una sociedad de auditoría comprueben si la información ha sido proporcionada y se refiere a los requisitos generales aplicables al Informe de gestión.

En este punto las posturas de los participantes fueron muy cercanas, coincidiendo en la necesidad de establecer mecanismos que verifiquen y monitoreen el cumplimiento de la obligación de informar. Por un lado, Sergio Vázquez (PSOE) proponía que en relación con este aspecto una solución era que la información no financiera pasase los mismos cauces que la información financiera, o que organismos como la CNMV vigilasen el cumplimiento.

Segundo González (Podemos) además de coincidir en la necesidad de que exista un mecanismo de verificación propuso también la creación de incentivos para que las empresas proporcionen información, por ejemplo dotando de etiquetas verdes a aquellas empresas que cumplan convenientemente. Carles Campuzano (CDC) apuntaba que el organismo encargado de la vigilancia del cumplimiento de la obligación de informar sobre cuestiones no financieras podía no ser un ente público. Silvia Heredia (PP) por su lado nos adelantaba que el actual borrador no contempla que los organismos receptores de los informes de la empresa estén a su vez encargados de su auditoría y que esto sería materia de debate para la el posterior desarrollo reglamentario de la obligación de informar.

Finalmente, coincidían todos los participantes en los Diálogos para la Acción –Segundo González (Podemos), Silvia Heredia (PP), Sergio Vázquez (PSOE) y Carles Campuzano (CDC)- en la necesidad de trabajo conjunto, no solo entre los distintos partidos, sino también entre estos y las entidades de la sociedad civil para avanzar en este proceso y conseguir así garantizar que las empresas publiquen una buena información en materia no financiera al tiempo que mejora la confianza de los usuarios/as y la posición competitiva de las primeras.

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