Responsabilidad Social Corporativa
En los primeros años de la década de 1990, la globalización se veía como una fuerza positiva para el desarrollo económico mundial. Se esperaba que tanto los países con economías desarrolladas como los de economías más débiles se beneficiaran. Sin embargo, estas expectativas se han desvanecido a lo largo del tiempo debido a desequilibrios persistentes y crecientes desigualdades.
La globalización ha favorecido el aumento del poder de un conjunto de empresas a expensas de los Estados y se han acentuado los procesos de deslocalización y externalización. Con el tiempo, han surgido preocupaciones significativas sobre cuestiones como la contaminación, el agotamiento de recursos naturales, la gestión de residuos, la calidad y seguridad de productos, los derechos laborales y la influencia de grandes corporaciones. Simultáneamente, desafíos como el cambio climático, la pérdida de biodiversidad, la responsabilidad fiscal, el derecho a la privacidad, la amenaza de oligopolios, la desigualdad y la interacción entre el poder económico y político, así como los conflictos de interés, han ganado importancia.
Este contexto ha favorecido el auge del debate sobre la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) como una herramienta para mitigar el impacto negativo de las empresas, especialmente multinacionales, sobre los derechos sociales, laborales, el medioambiente y, en definitiva, sobre los Derechos Humanos.
¿Por qué es importante?
El denominado «contrato social» se basa en el consentimiento de las comunidades hacia las actividades de una empresa, otorgándole legitimidad para operar. Dentro de este contrato, la empresa no solo responde ante sus accionistas, sino también ante sus grupos de interés.
Partimos de la base de que los mercados no son perfectos y que la responsabilidad de la empresa es una derivada del poder que esta tiene o puede ejercer sobre la sociedad. Las sociedades contemporáneas demandan un papel político a la empresa para que imponga normas de cumplimiento a sus empleados, proveedores y socios comerciales, con el objetivo de prevenir impactos negativos causados por lagunas legales o por su actividad en entornos vulnerables.
La RSC implica el cumplimiento obligatorio de la legislación nacional vigente y especialmente de las normas internacionales en vigor en toda la cadena de valor (OIT, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Normas de Naciones Unidas sobre Responsabilidades de las Empresas Transnacionales y otras Empresas Comerciales en la esfera de los Derechos Humanos, Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales). Cumplir con la regulación es un requisito mínimo; las empresas responsables pueden y deben desarrollar compromisos más ambiciosos.
¿Qué está pasando?
Si bien organizaciones como el Observatorio de RSC hemos venido denunciando públicamente la falta de eficacia de enfoques voluntarios, tras décadas de debate, multitud de estándares, foros e iniciativas diversas en torno a la RSC, la empresa ha logrado consolidar la idea de la voluntariedad y de los códigos de conducta por encima de la regulación pública.
Iniciativas como el Pacto Mundial de Naciones Unidas, las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales sobre la Conducta Empresarial Responsable o las cuatro comunicaciones de la Comisión Europea, dejan la gestión de los impactos sociales y ambientales en manos de la regulación privada. La confianza en que esta regulación privada, a través de códigos de conducta o la adhesión a iniciativas como el Pacto Mundial, sea suficiente para abordar los desafíos planteados por la RSC ha obstaculizado el avance de la normativa pública.
Sin embargo, esta posición dominante de iniciativas voluntarias está perdiendo terreno. Desde 2014, coincidiendo con la aprobación de la Directiva 95/2014 de divulgación de información no financiera e información sobre diversidad, se ha observado una incipiente legislación dirigida a diferentes sectores de actividad. Entre la legislación existente, la Directiva mencionada anteriormente (revisada en 2022) y los trabajos actuales sobre la Directiva de Diligencia Debida en Derechos Humanos y Medioambiente destacan por su importancia.
¿Qué resultado buscamos desde el Observatorio de RSC?
Una Responsabilidad Social Corporativa:
- Basada en Impactos Sociales y Ambientales: Promovemos una RSC que evalúe los impactos de la empresa en la sociedad, abarcando una amplia gama de temas económicos, sociales y medioambientales.
- Garantice el cumplimiento de la normativa internacional en toda la cadena de valor.
- De respuesta a las expectativas legítimas de los grupos de interés.
- Ponga a las partes interesadas en el núcleo de gestión: Reconociendo la importancia de escuchar y responder a las preocupaciones de aquellos que se ven afectados por las operaciones de la empresa.
- Desincentive comportamientos irresponsables: que los costes asociados a un comportamiento irresponsable no compensen a la empresa. Esto implica la implementación de legislación sólida, de mecanismos efectivos de supervisión y de un sistema sancionatorio ejemplar.
- Con un papel más activo de la Administración Pública: Mediante la combinación de normas de intervención, incentivos y promoción que regulen más allá de la voluntariedad de las empresas.
¿Qué hacemos desde el Observatorio de RSC?
El Observatorio de RSC incide y participa en los espacios institucionales que abordan los diferentes aspectos de la RSC. Reconocemos que una sociedad civil organizada, informada e independiente favorece los avances en RSC, ejerciendo de contrapeso al poder económico y contribuyendo al desarrollo de normas y estándares.
Participamos en el Consejo Estatal de Responsabilidad Social: Órgano paritario formado por 56 vocales que representan a la Administración, organizaciones sindicales, organizaciones empresariales e instituciones de prestigio en el ámbito de la RSC. Su función es ser un órgano asesor y consultivo del Gobierno (no ejecutivo) que promociona mejores prácticas y propone las políticas de responsabilidad social al Gobierno. Creado por el Gobierno por el Real Decreto 221/2008, de 15 de febrero, fruto de su trabajo nació la Estrategia Española de Responsabilidad Social en 2014.
Somos miembros del Consejo Asesor del Punto Nacional de Contacto, establecido en 2001 para asegurar la divulgación, promoción y puesta en marcha de las Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales sobre Conducta Empresarial Responsable.
Hemos participado:
- Comparecencia en el Senado de España ante la Ponencia de estudio sobre medidas de integración, apoyo, transferencia de conocimiento a las PYMES y promoción de un código de valores, en el marco del I+D+i+d.
- Comparecencia en el Congreso de los Diputados para informar sobre el proyecto de Ley 11/2018 de información no financiera (NÚM. EXPTE.: 121/15)
- AUDIENCIA sobre Productos Financieros Socialmente Responsables. Comité Económico y Social Europeo Sección Especializada de Unión Económica y Monetaria y Cohesión Económica y Social.
Trabajamos en alianza con la sociedad civil nacional y europea:
Somos miembros de European Coalition for Corporate Justice (ECCJ), OECD Watch y de la Campaña europea Justice is Everybody’s Business. En España somos promotores y coordinamos la Plataforma por Empresas Responsables. Además, formamos parte de Coalición Pro Acceso y de la Plataforma por la Justicia Fiscal