Textil con derechos. Cadena de suministros en el sector Textil

Fabrica-textil-en-BirmaniaHoy, 27 de abril, el Parlamento Europeo votará el Informe sobre la industria mundial del vestido cuya ponente ha sido una eurodiputada española de Podemos. Se trata de un texto interesante, positivo, pero aún de escasa eficacia directa. Está bien formular recomendaciones, criterios, pero es ya momento de resoluciones eficaces sobre uno de los grandes problemas de la globalización, para que su denuncia no se transforme en una antiglobalización reaccionaria sino en la reivindicación de la globalización de los derechos.

El informe-resolución que se va a votar “pide” a la Comisión Europea una “propuesta legislativa para las cadenas de suministro del sector de la confección … en consonancia con las directrices de la OCDE” y pretende “fomentar el consumo consciente … la igualdad de género … mejorar las inspecciones de trabajo y las auditorías …” y formula otros positivos planteamientos.

Es evidente que en los últimos años la opinión pública mundial se ha visto sacudida por tremendos acontecimientos, como el hundimiento de Rana Plaza con más de 1.000 trabajadoras y trabajadores muertos en un instante el 24 de abril de 2013. Se ha extendido un mayor conocimiento de las condiciones de vida y de trabajo en las que se fabrican muchos productos de nuestro consumo diario, la ropa entre ellos. Se han abierto algunas vías de interlocución con los “grupos de interés”. Se han concluido acuerdos de gran significación como el de prevención de incendios y hundimientos en Bangladesh, o los Acuerdos Marco Globales de La Federación Sindical Internacional “IndustriALL Global Union” con grandes marcas del sector: la española Inditex (2007), la sueca H&M (2015) y la alemana Tchibo (2016). En 2016 la Conferencia anual de la OIT dedicó una Comisión de Trabajo específica al trabajo decente en las cadenas de suministro, lo que también se abordó en la Conferencia de Alto Nivel organizada por la Comisión Europea ese mismo año. Y en algunos países se ha empezado a legislar en serio sobre el tema, como en Francia y Holanda este año con leyes sobre la “diligencia debida”.

Por otra parte, los consumidores, a pesar de la clara situación de inferioridad en relación con las empresas, pueden empezar a ejercer ya una influencia permanente a través de la demanda hacia los cambios necesarios para modificar comportamientos no éticos, en la línea de las directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor, con el objetivo de avanzar hacia un consumo sostenible. Se están también abriendo paso las propuestas hacia una fiscalidad responsable, sin utilizar paraísos fiscales y cumpliendo con transparencia las normas fiscales de los países donde fabrican y donde venden.

Por todo ello, esta discusión en el Parlamento Europeo no debe terminar mañana sino que debe significar un nuevo impulso para la calidad del trabajo y la seguridad del producto. En relación con ello se pueden sintetizar los objetivos de la acción social e institucional en dos espacios.

Por una parte en el ámbito las normas legislativas de eficacia directa:

  • Que la OMC exija que los productos del comercio mundial acrediten garantías sociales y medioambientales.
  • Que la OIT elabore un nuevo Convenio sobre las cadenas de suministro a partir de sus Convenios históricos, sintetizándolos y adaptándolos a la nueva realidad de la globalización.
  • Que la Unión Europea establezca una nueva Directiva al respecto con normas de obligado cumplimiento por las multinacionales de cabecera europea de las marcas globales
  • Que los países desarrollen su legislación en el mismo sentido

Y por otro, en el de las normas convencionales, con Acuerdos Marco Globales que resulten de la negociación de las marcas con sus grupos de interés (sindicatos, ONGs, organizaciones de la sociedad civil), con, como ejes de tales acuerdos:

  • La transparencia con todos los grupos de interés de su cadena de valor hasta su último eslabón de subcontratación, poniendo de manifiesto sus mapas de producción y distribución, del impacto de su actividad y de los riesgos de la misma.
  • Los derechos de intervención sindical y social a lo largo de toda su cadena de valor para contribuir al cumplimiento de las normas legales y convencionales orientadas al objetivo del trabajo decente en el mundo, garantía de una globalización sostenible, y partiendo de la defensa de sus específicos intereses.

Avanzando con esta dirección consideramos que los acuerdos del Parlamento Europeo pueden, deben, suponer un primer paso para seguir avanzando.

Isidor Boix (de la Secretaría de Internacional de CCOO-Industria, Ex Coordinador de IndustriALL Global Union para el Acuerdo Marco Global con  INDITEX)

María Rodríguez (del Consejo Asesor del Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa)