CARTA ABIERTA: Defensores del Sur Global piden una Directiva de Diligencia Debida sobre Sostenibilidad Corporativa centrada en los derechos humanos

La UE debe defender los derechos humanos: los defensores piden una Directiva de Diligencia Debida sobre Sostenibilidad Corporativa (CSDDD) centrada en los derechos humanos.

En vísperas de lo que pueden ser las negociaciones finales del trílogo político, el próximo 13 de diciembre, sobre la Directiva de Diligencia Debida en materia de sostenibilidad de las empresas de la UE (CSDDD), 93 defensores de los derechos humanos y del medioambiente y organizaciones de sociedad civil del Sur Global, piden a los responsables políticos de la UE que apuesten por una legislación ambiciosa, que ponga en el centro los derechos humanos, la preservación del medioambiente y la resiliencia climática. 

La carta abierta está igualmente apoyada por más de 70 entidades de sociedad civil europea, entre ellas el Observatorio de RSC, que se unen a esta petición.

Las organizaciones firmantes piden:

  1. Proteger nuestros derechos y el medio ambiente 

Las restricciones a la protección de nuestros derechos permitirán que continúe el daño que ya sufrimos y que debe ser eliminado. En especial, les instamos nuevamente a no excluir los derechos indígenas ni instrumentos clave de la OIT y otras instancias internacionales sobre los derechos de las personas trabajadoras y la protección del medio ambiente. Reconociendo nuestra dependencia como seres humanos del entorno natural para lograr alimentación, salud y medios de vida, y su importancia espiritual para muchos de nosotros, destacamos la terrible amenaza a la integridad ecológica de nuestro planeta. Proteger nuestros sistemas de sustento vital (agua, suelo, bosques y aire) es esencial. La CSDDD debe garantizar la protección ambiental más amplia posible para contrarrestar la creciente destrucción ecológica impulsada por las empresas

2. Proteger nuestro clima y nuestro futuro 

Mientras la humanidad está en camino de alcanzar un desastroso calentamiento de 3ºC para 2050, el cambio climático hoy ya causa graves daños a las personas, al medio ambiente y a la economía, con consecuencias particularmente desastrosas para los grupos marginados, tales como los pueblos indígenas y las mujeres. Las empresas juegan un rol preponderante en el aumento de las emisiones de gases de efecto invernadero. La CSDDD debe exigir a las empresas implementar, de manera efectiva, planes de transición sólidos con objetivos con plazos predeterminados para las emisiones de alcance 1, 2 y 3. La inclusión del Acuerdo de París, así como la capacidad de los titulares de derechos de llevar a las empresas ante los tribunales es una necesidad absoluta, nada menos.

3. Defender nuestros derechos y acceso a la justicia 

Restringir la responsabilidad civil al daño que ha sido “causado a una persona física o jurídica” y sólo cuando existe el objetivo de “proteger a la persona física o jurídica” significa que los derechos de nuestro grupo –incluidos los indígenas– quedan excluidos. Las personas trabajadoras de las cadenas de valor globales enfrentan el pisoteo sistemático de sus derechos, hacen frente a intimidación violenta y ataques contra sindicatos, así como a generalizadas y graves restricciones a la negociación colectiva. Para albergar cualquier esperanza de defender realmente nuestros derechos, todas las medidas de acceso a la justicia (recomendado por la Agencia de Derechos Fundamentales de la UE en 2017, 2021 y 2023 junto con el Instituto de Derecho Europeo) deben ser respetadas. Para nosotros, de ello depende la justicia.

4. Garantizar que seamos tomados en cuenta. – participación significativa y segura de las partes interesadas 

Nuestras voces siguen siendo ignoradas cuando las empresas toman decisiones comerciales que nos afectan. Garantizar que nuestras voces se tengan en cuenta cuando las empresas tomen decisiones que afecten nuestras vidas y nuestros medios de subsistencia. Incluir la obligación de que las empresas lleven a cabo una participación significativa y segura de las partes interesadas en todas las etapas del proceso de diligencia debida dará como resultado una prevención, mitigación y remediación efectivas y personalizadas de los impactos adversos. 

5. Garantizar obligaciones para todos aquellos que ocasionan daño 

Es indiscutible que los bancos, aseguradoras, inversores y gestores de activos de la UE están involucrados en graves impactos adversos a nuestros derechos humanos, el medio ambiente y el clima, en tanto que nuestro sistema financiero global está configurado para priorizar la generación de dividendos a expensas de invertir en medidas de seguridad y protección. Excluir al sector financiero nos condena a seguir teniendo dichos impactos adversos en el presente y a futuro. Esto es injustificable. Para nuestra protección, se deben aplicar obligaciones significativas de diligencia debida a todo el sistema financiero. Debido a sus limitaciones inherentes, el uso de auditorías de terceros e iniciativas de la industria no puede considerarse automáticamente equivalente a medidas apropiadas de diligencia debida. Los auditores deben rendir cuentas por los daños derivados de una auditoría errónea.  

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