ECCJ. Opinión sobre documento de trabajo sobre implementación de los Principios Rectores ONU

Documento sobre Principios Rectores de la ONUEl pasado 15 de Julio la Comisión Europea publicó el documento de trabajo que contiene las principales guías sobre la implementación de los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos, «State of Play«.

European Coalition for Corporate Justice (ECCJ), da la bienvenida a dicho documento porque contribuye al debate político aunque  “carece de un enfoque y de una identificación clara en las prioridades de la política”. Este documento realizado por el equipo de trabajo es crucial para desarrollar la futura estrategia europea en la implementación de los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos. ECCJ afirma que es un proceso de dimensiones enormes y que afecta a diferentes grupos de interés y que lamentablemente aún no se ha iniciado a pesar del compromiso adquirido en el año 2011.

Durante la ejecución de este documento se ha podido observar el positivismo en temas olvidados como son el Pilar 1 (el deber del Estado) y el Pilar 3 (el acceso a remedio). Por otro lado ECCJ no comparte algunas de las conclusiones acerca de los resultados obtenidos en el proceso de implementación de los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos. Aunque no hay duda del papel activo que ha jugado la Unión Europea en insertar los Principios Rectores dentro de su marco político, exagera los efectos de sus logros.

ECCJ no está de acuerdo que el papel de la Unión Europea en estas cuestiones sea secundario y que deje el peso de la implementación a los estados miembros. Desde ECCJ se recuerda que existen aún enormes lagunas en cuestiones de gobernabilidad y vacíos legales que siguen sin resolverse impidiendo que personas afectadas por impactos de empresas no tengan acceso a remedio. La UE no debe rehuir de sus competencias para cerrar estas lagunas, ni de la función de coordinación que puede desempeñar, o del impulso que puede ejercer entre los Estados miembros para el cambio.

En relación al documento, ECCJ hace un llamamiento sobre lo siguiente:

  • Los planes de la UE sobre el acceso a los recursos judiciales deberían desarrollarse más. La Comisión debe poner la prioridad en incorporar la visión de empresas y los derechos humanos en la revisión de la Recomendación sobre los recursos colectivos (2017) y en la revisión del Reglamento Roma II, dos cuestiones mencionadas en el documento de trabajo. Además, la Comisión debe examinar la armonización del acceso a las pruebas, el principal obstáculo para el acceso a la justicia que ni siquiera se menciona en este documento.
  • La UE y sus Estados miembros deben cumplir con su obligación de proteger los derechos humanos incorporando en la legislación la responsabilidad empresarial de respetar los derechos humanos. ECCJ sostiene que hay tres áreas principales que requieren atención inmediata de la UE:

1. Reflexionando sobre los últimos acontecimientos, la Comisión debe fomentar aún más y coordinar las discusiones con los Estados miembros sobre la incorporación de la responsabilidad corporativa en el derecho civil / agravio. Cumpliendo con la responsabilidad moral y el requisito del derecho internacional para proteger los derechos humanos establecería la igualdad de condiciones en el mercado común de la UE. La actual falta de igualdad de condiciones en la UE socava los esfuerzos de las empresas que tratan de garantizar un alto nivel de protección de los derechos humanos en sus cadenas de valor.

2. La Comisión debe elaborar orientaciones para la presentación de informes no financieros, como se requiere en la «Directiva de informes no financieros», adoptada en 2014.

3. Los estándares europeos sobre diligencia debida de los derechos humanos para operaciones comerciales deben ser desarrollados y aplicados, especialmente para aquellas situaciones en las que la mayor parte de los derechos humanos están en riesgo. El documento identifica correctamente que aún existe trabajo sin terminar en relación con los minerales de conflicto y en las cadenas de suministro de la industria textil. El respeto y la presentación de informes sobre estándares de diligencia debida se deben requerir en estos sectores, junto con otros sectores de riesgo, para todas las empresas que operan en el mercado de la UE.

  • La UE debe establecer un proceso paralelo de revisión de los Planes de Acción Nacionales de los Estados miembros sobre la implementación de los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos, como se sugiere en el documento de trabajo. Asumiendo un papel activo en la coordinación del debate entre los Estados miembros mejoraría significativamente la absorción de los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos. En particular, se alentaría a los Estados miembros para hacer frente a problemas que hasta ahora se han encontrado difícil de abordar, como el alivio de las barreras de acceso a la justicia. También ayudaría a identificar aquellos asuntos en los que se necesita una acción coordinada de la UE y una reflexión acerca de la división de competencias.
  • Por último, y en contraste con el documento, las futuras acciones exteriores de la UE tienen que tener en cuenta el Grupo de Trabajo Intergubernamental establecido por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU para elaborar un instrumento internacional jurídicamente vinculante. La UE debe promover la aplicación de los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos en todos los estados. Al mismo tiempo, la UE y sus Estados miembros deben participar en el proceso de «Tratado de las Naciones Unidas» y asegurarse de que contribuye al refuerzo mutuo acerca de los objetivos de la protección de los derechos humanos en la economía globalizada y la construcción de la igualdad de condiciones para los negocios en todo el mundo.

 

 

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