TTIP

El espíritu del TTIP

Artículo de Arturo Espinosa. Colaborador del Observatorio de RSC.

Pese al deliberado silencio que acompaña al proceso negociador del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y la Unión Europea (Transatlantic Trade and Investment Partnership, TTIP por sus siglas en inglés), los esfuerzos de diferentes colectivos, organismos y la sociedad civil, están permitiendo sacar a la luz los pérfidos objetivos que este tratado pretende concretar como rúbrica al proceso antidemocrático que persiguen sus principales instigadores, las empresas multinacionales.

La exégesis oficial de este acuerdo pretende hacer pasar al TTIP como mecanismo para reducir al mínimo las barreras arancelarias que puedan existir al comercio entre los Estados Unidos y la Unión Europea, cuando lo que estas filtraciones revelan es la voluntad desreguladora de aspectos clave en lo relativo a derechos laborales, normativas sanitarias, estándares medioambientales, convenios laborales y los servicios públicos. Eufemísticamente, a esto se le llama armonización de las economías de ambas potencias, y no es sino una manera políticamente correcta para referirse a su verdadero y funesto alcance: eliminar aquellos aspectos normativos que protegen a ciudadanos y medioambiente por cuestiones cautelares y de sostenibilidad, para no “cargar” con costes adicionales el potencial económico de las multinacionales de ambos lados del Atlántico.

Un arsenal de informes, análisis econométricos y posicionamientos políticos ampliamente difundidos por los grandes medios de comunicación, barajan cifras siempre fastuosas de incremento del comercio, la creación de ocupación y la ampliación del libre mercado como panacea para el crecimiento y el desarrollo, sin que se encuentren en estos medios masivos informaciones críticas o contenidos que no sean el mero repetir de eslóganes neo liberalizadores como tendencia dominante y triunfo absoluto del mercado. La aplicación de otros tratados de Libre Comercio (TLC), pregonados con los mismos estudios y gestados en los mismos think tanks al servicio de las grandes corporaciones y el sector financiero, han desmentido todas estas promesas. Así, por ejemplo, el Acuerdo de Libre Comercio del Norte (NAFTA, por sus siglas en inglés), cuya promesa era la creación de hasta 20 millones de empleos, se saldó con destrucción neta de empleo consecuencia de deslocalizaciones y procesos de concentración empresarial.

Se omiten en todas estas informaciones las consecuencias que tendrá la concreción de este acuerdo, por ejemplo, para el modelo agrario europeo, mucho más reducido en extensión promedio y, consecuentemente, menos concentrado que el modelo extensivo, intensivo en químicos y transgénicos que impera en Estados Unidos. Si recordamos a los adalides del acuerdo que hemos señalado anteriormente, las EMN, el objetivo último se revela de automático: la concentración y acumulación de mayor poder por parte de estas grandes corporaciones.

Si hasta el momento lo que se comenta es aterrador, otro mecanismo que pretende implementar el acuerdo es un decidido e indisimulado golpe frontal contra la democracia como sistema de gobierno. La disposición para la resolución de disputas entre inversores y estados (Investor-State Dispute Settlement, ISDI por sus siglas en inglés), defendido como imprescindible y con denuedo por los negociadores norteamericanos, confiere poder a las EMN para demandar a los estados cuando éstas entiendan que las decisiones democráticas tomadas por estados soberanos puedan afectar a sus beneficios presentes o futuros. La amenaza de recibir sanciones es un claro elemento disuasorio para que los órganos legislativos nacionales no puedan trasladar de manera clara y sin concesiones su voluntad en todos aquellos aspectos que afecten a los derechos fundamentales de ciudadanos, derechos laborales y medioambientales; la mirada desaprobatoria incide en los procesos normativos y legislativos.

De nuevo, en este punto, quiero añadir otro elemento aterrador incorporado en la agenda negociadora del tratado. Si por algún casual quedaba un resquicio de confianza en un ordenamiento jurídico nacional e internacional y en sus respectivos tribunales para dictar sentencias favorables al bien común, me temo que voy a decepcionar a algunos. Las posibles controversias que se deriven de la aplicación del acuerdo no serán encauzadas a través de sistemas de justicia nacionales, sino que será un tribunal de arbitraje sin autoridad pública y conformado por juristas y abogados a sueldo de las multinacionales quien fallará, como no puede ser de otra manera, en favor de los intereses de las mismas. Una maniobra que finiquita el monopolio competencial de la justicia de los tribunales nacionales en favor de una pantomima digna de los juicios sumarísimos de tribunales militares.

Podríamos seguir enumerando aspectos que han trascendido sobre las negociaciones del tratado, como por ejemplo las normas fitosanitarias relativas al tratamiento con cloro en los procesos de limpieza de alimentos de origen animal (prohibidos en Europa), la autorización del fracking en Europa, o la no responsabilidad de las empresas estadounidenses en probar que sus productos son seguros para personas y medioambiente, y que pretende hacerse extensible a nivel Europeo con la firma del tratado, pero creo que nos hemos hecho una idea del espíritu del tratado y del porqué su negociación es tan secreta.

Este tratado atenta contra cualquier enfoque sincero de la RSC, puesto que se desdeñan cuando no menosprecian los intereses legítimos de los diferentes grupos de interés que configuran la sociedad y el cauce democrático mediante el cual se alcanzan consensos y se construye la convivencia. Ahora entendemos claramente el secretismo de la negociación, y nos preguntamos con pesar si la RSC no ha sido un constructo elaborado por las propias multinacionales para suavizar críticas, conseguir adhesiones, mejorar la reputación y ganar tiempo para imponer subrepticiamente tratados como el que he esbozado en estas tristes líneas.

La RSC plantea una finalidad diferente para la economía y las relaciones, derechos y responsabilidades de sus diferentes actores, y el TTIP es un atentado al espíritu de la RSC.