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El Parlamento europeo vota a favor del informe sobre debida diligencia corporativa y manda una clara señal a la Comisión Europea para que legisle

El día 10 de marzo los eurodiputados han aprobado por amplia mayoría el informe legislativo de la Comisión de Asuntos Jurídicos (JURI) sobre ‘Debida diligencia empresarial y responsabilidad corporativa‘ sobre una legislación de debida diligencia obligatoria a nivel de la UE que hace responsables a las empresas para detectar, prevenir y reducir los impactos ambientales y de derechos humanos de sus actividades a lo largo de sus cadenas de suministro.

El informe prevé importantes novedades como la introducción de la responsabilidad para las empresas matrices por los daños producidos por sus subsidiarias y un mejor acceso a la justicia para las víctimas de todo el mundo por acciones de empresas europeas, o que actúen en los países miembros, que se hayan producido fuera de la Unión Europea (UE). El texto contempla sistemas sancionatorios y multas para aquellas empresas que de manera indirecta y a través de la cadena de suministro violen los derechos humanos.

La propuesta también viene a paliar el riego provocado por la falta de un enfoque conjunto de los países de la UE y que puede dar lugar a una menor seguridad jurídica en lo que respecta a las prerrogativas de las empresas y a desequilibrios en una competencia justa, lo que a su vez perjudicaría a las empresas que son proactivas en abordar riesgos sociales y ambientales. El texto reconoce que las normas voluntarias en materia de debida diligencia presentan limitaciones y no han logrado avances significativos en la prevención de los abusos de los derechos humanos y del medio ambiente, ni en la habilitación del acceso a la justicia.

El informe incluye los elementos clave necesarios para la aprobación de una Directiva de la UE que establezca responsabilidades empresariales efectivas.

Ámbito de aplicación

La futura directiva se aplicaría a las grandes empresas, a las pequeñas y medianas empresas que cotizan en bolsa, y a las pequeñas y medianas empresas que operan en sectores de alto riesgo. También a aquellas que, aunque no se encuentren establecidas en el territorio de la UE operen en el mercado interior vendiendo bienes o prestando servicios.

Las violaciones de los derechos humanos y las infracciones de las normas sociales y medioambientales pueden ser el resultado de las actividades propias de una empresa, o de las derivadas de sus relaciones comerciales bajo su control y a lo largo de su cadena de valor. El texto incide en que la debida diligencia debe abarcar toda la cadena de valor y por ello se deben establecer mecanismos de debida diligencia obligatorios y efectivos que cubran todas las actividades de la empresa y sus relaciones comerciales, incluidas sus cadenas de suministro y subcontratación. Por otro lado, la mejora de la transparencia y el control por parte de la empresa matriz proporciona a los proveedores y fabricantes una mejor identificación de sus cadenas de suministro y mejora la capacidad de supervisión de los consumidores y otras partes interesadas, así como la confianza pública en la producción.

Responsabilidad empresarial

El informe señala que la implementación de procedimientos de debida diligencia no debe eximir a las empresas de responsabilidad por el daño que hayan causado o que hayan contribuido a causar. El informe prevé un mecanismo de reclamación para prevenir los abusos y las violaciones de los derechos humanos.

El artículo 19 establece que las empresas están sometida a los criterios de responsabilidad civil de los Estados miembros y señala que las empresas serán responsables de las operaciones corporativas en estados que no pertenecen a la Unión Europea.

Las sanciones previstas, establece el texto, tienen que ser proporcionadas al daño provocado y tener en cuenta la gravedad de las infracciones cometidas.

Acceso a la justicia

Los Estados miembros velarán porque la propuesta de reparación de una empresa no impida que las partes interesadas afectadas puedan iniciar procedimientos civiles de acuerdo con la legislación nacional. En particular, las víctimas no estarán obligadas a solicitar recursos extrajudiciales antes de presentar una reclamación ante un tribunal, ni los procedimientos en curso ante un mecanismo de reclamación impedirá el acceso de las víctimas a un tribunal.

El Parlamento Europeo, con la aprobación del informe, manda una señal a la Comisión Europea sobre los elementos clave que se espera contenga la próxima legislación sobre debida diligencia y la responsabilidad de las empresas, como es focalizar la atención también hacia el medioambiente y facilitar el acceso a la justicia para todas las victimas en su país y en el extranjero.