Tras el anuncio en abril de la Comisión Europea de trabajar en una iniciativa legislativa europea de debida diligencia de derechos humanos y medioambiente, la ECCJ, de la que forma parte el Observatorio de RSC, junto con otras organizaciones de la sociedad civil, publican cuáles deben ser los elementos mínimos clave que debe contener una legislación de la UE de diligencia debida obligatoria para que sea eficaz en la promoción del respeto de las empresas de los derechos humanos y del medioambiente.
A modo de resumen, se destacan 7 elementos indispensables:
Las empresas deben tener la obligación de:
- Respetar los derechos humanos y el medioambiente en sus propias operaciones, en sus cadenas de valor globales y dentro de sus relaciones comerciales.
- Identificar, detener, prevenir, mitigar, y monitorear los impactos adversos potenciales y reales sobre los derechos humanos y el medioambiente a través de un proceso continuo de debida diligencia, de acuerdo con las normas internacionales existentes.
- Deben prever o cooperar en la remediación de impactos adversos en sus cadenas de valor globales y dentro de sus operaciones y relaciones comerciales.
- Deben ser responsables de los impactos negativos sobre los derechos humanos y el medioambiente en sus cadenas de valor globales y dentro de sus operaciones y relaciones comerciales.
Además:
- Los estados miembros deben garantizar el estricto cumplimiento de todas las obligaciones anteriores y garantizar el derecho a un remedio eficaz.
- Las disposiciones anteriores deben aplicarse independientemente de la ley aplicable a la resolución del conflicto, como se describe en el artículo 16 del Reglamento (CE) nº 864/2007 (Roma II).
- Esta legislación debe ser intersectorial y abarcar todas las empresas comerciales, incluidas las instituciones financieras.
principal-elements-of-an-eu-mhredd-legislation» target=»» class=»sm_button»>Elementos clave de una legislación de la UE sobre debida diligencia