Empresas europeas a favor de una regulación exigente de la debida diligencia

Las empresas se están posicionando en Europa a favor de una regulación exigente de la debida diligencia. Es un hecho que la voluntariedad ha tocado techo, y que existe  una exigencia del mercado que necesariamente derivará en su  regulación para asegurar criterios comunes y la igualdad de competencia entre las empresas. Esperemos que las empresas españolas no se queden atrás y sean exigentes con el gobierno español para situarnos a la altura de Alemania, Francia o Noruega que ya tienen leyes nacionales aprobadas. 

Hace unos días hemos conocido que más de 100 empresas, inversores, y asociaciones/iniciativas empresariales se han reunido para pedir de manera colectiva una ley de responsabilidad corporativa de la Unión Europea. Grandes empresas como Danone, Ericsson, IKEA (Inter IKEA Group), Hapag-Lloyd y TK Elevator, Aviva Investors y Robeco, forman parte de este esfuerzo colectivo junto a muchas otras empresas grandes y pymes con sedes en más de 10 países. 

Ante una gran frustración por el retraso de la propuesta de ley por la Comisión de la UE, estas empresas e inversores exigen de manera urgente e inmediata una ley obligatoria de debida diligencia de los derechos humanos y daños medioambientales que se alinee con los estándares y principios internacionalmente reconocidos y establecidos en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU y la  Guía de la OCDE de Debida Diligencia para una Conducta Empresarial Responsable. Estos actores corporativos piden de manera imprescindible que esta ley efectiva de responsabilidad corporativa se base en 5 principios claves:

  1. Que todas las empresas establecidas en la UE o en el mercado interno de la UE, sin importar su tamaño, estén incluidas dentro del ámbito particular de la ley.
  2. Que el ámbito de responsabilidad corporativa abarque la continuidad y complejidad de las cadenas de valor de las empresas a través de un análisis exhaustivo de riesgos e impactos por la empresa. 
  3. Que esta no suponga un requisito mínimo de rellenar casillas (‘box ticking’) y garantice una acción significativa y consciente por parte de las empresas para proteger los derechos humanos y respetar el medioambiente.
  4. Que garantice la participación válida y segura de las personas, comunidades y otras partes afectadas por los riesgos derivados de estas actividades empresariales. 
  5. Que el requisito de debida diligencia de derechos humanos y daños medioambientales vaya acompañado de consecuencias legales para las empresas bajo el ámbito de la legislación y permita a las víctimas acceder a recursos legales.

Estas empresas, inversores y asociaciones corporativas piden una legislación rigurosa y ambiciosa que abarque las expectativas actuales ante la responsabilidad corporativa de las empresas y sus acciones hacia la personas y el medioambiente. Una legislación que permitirá a las empresas enfocarse en contribuir de manera positiva al medio-ambiente y los derechos humanos a lo largo de toda su cadena de valor.  

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