El pasado 24 de marzo, el Observatorio de RSC organizó un seminario para analizar la transformación que ha experimentado la Directiva sobre Debida Diligencia de las Empresas (CSDDD).
Los ponentes Amaya Acero (Observatorio de RSC y coordinadora de la Plataforma por Empresas Responsables), Alejandro García (asesor en el Parlamento Europeo) y Orencio Vázquez (UNED – Observatorio de RSC) profundizaron en las implicaciones del paquete Ómnibus I en la normativa.
De la ambición a la “simplificación”
Apenas cuatro meses después de la aprobación de la directiva original en julio de 2024, el paquete Ómnibus I ha provocado un giro drástico en la política europea. Este giro surge en un escenario geopolítico complejo, marcado por una nueva mayoría en el Parlamento Europeo que ha roto el consenso tradicional entre el centro-derecha y el centro-izquierda.
Para los ponentes, esta nueva etapa impulsa una agenda de “simplificación administrativa” que, en la práctica, supone un retroceso en la ambición social y climática de la norma. Asimismo, advirtieron sobre el riesgo de este «nuevo modo de legislar» caracterizado por una falta de justificación adecuada de la urgencia, ausencia de análisis de impacto rigurosos y limitadas consultas públicas, tal y como ha señalado el dictamen de la Defensora del Pueblo Europeo.
Principales cambios y retrocesos
Entre las modificaciones introducidas por el paquete Ómnibus, se destacan los siguientes retrocesos respecto a la directiva original:
- Reducción drástica del alcance: El umbral de aplicación pasa de 1.000 empleados y 450 millones de euros en facturación a 5.000 empleados y 1.500 millones de euros. Esto deja fuera al 70% de las empresas inicialmente previstas.
- Eliminación de planes de transición climática: La obligación legal de adoptar e implementar planes efectivos de reducción de emisiones desaparece en la CSDDD. La exigencia queda limitada a una obligación de información en el marco de la CSRD.
- Fragmentación de la responsabilidad civil: Se elimina el régimen armonizado que garantizaba condiciones claras para las víctimas a nivel de la UE. La regulación queda ahora en manos de los 27 Estados miembros.
- Debilitamiento de la cadena de valor: Se suprime la obligación de rescindir contratos con proveedores como último recurso ante riesgos graves, manteniéndose únicamente la opción de suspensión.
Puntos positivos y futuro de la norma
A pesar de los recortes, la directiva mantiene elementos esenciales:
- Enfoque basado en el riesgo. Se mantiene que la identificación de riesgos no se limite solo al primer nivel de proveedores, sino que alcance a toda la cadena de valor, en línea con los estándares internacionales como los Principios Rectores de la ONU y las guías de la OCDE.
- Un hito regulatorio. La aprobación de la CSDDD sigue siendo un paso histórico, pues por primera vez se establece por ley que las grandes empresas deben respetar los derechos humanos y el medio ambiente en sus cadenas de valor.
No obstante, los ponentes advierten sobre la pérdida en la UE del liderazgo regulatorio global frente a potencias como China, que avanzan con marcos normativos más ambiciosos en materia de sostenibilidad.
Calendario de Implementación
Tras los retrasos introducidos por el proceso Ómnibus, los plazos finales son:
- Transposición nacional: Hasta julio de 2028.
- Aplicación efectiva para empresas: A partir de julio de 2029
Aunque la norma ha sido ampliamente rebajada respecto a su versión original, constituye un punto de partida irrenunciable sobre el que construir durante las transposiciones nacionales, con el objetivo de asegurar una auténtica rendición de cuentas empresarial.





