En el mes de marzo de 2011 se aprobó la Ley de Economía Sostenible. Nació con esperanzas y despertaba en la sociedad (al menos en alguna parte de la sociedad) una cierta ilusión apoyada en que algo iba a pasar, y eso que pasara sería favorable. Lo que sonaba muy bien en un entorno donde lo favorable no era lo que se percibía. La crisis enseñaba toda su virulencia y los frustrantes signos de un mercado caduco, basado en la codicia y en la irresponsabilidad, especialmente la irresponsabilidad del sistema financiero, demandaban cambios significativos (son calificativos y demanda de la Cumbre del G-20 de Pittsburg, septiembre 2009). Líderes tan poco sospechosos de revolucionarios como Sarkozy dijeron que había que reinventar el sistema financiero porque dio muestras de perversión y de desestabilización. En ese entorno social, enmarcado en evidencias de abusos invasivos de la acción empresarial a los procesos naturales, hablar de una “economía sostenible” era una noticia bienvenida en determinados ambientes sociales, anhelantes de comportamientos más respetuosos con el medio ambiente y, especialmente, con las personas. La palabra “sostenible” estaba (y está) cargada de esperanzas hacia mecanismos sociales que se mantengan en el tiempo y sean portadores de equidad social. Las expectativas forzaban vientos favorables. No sé si esto mismo se podría decir de algún determinado entorno empresarial. Pero también era significativo que esas empresas gozaban (gozan) de libertad invasora no solo del medio ambiente, también del respeto debido a sus clientes.
Es cierto que ha pasado muy poco tiempo desde su aprobación, pero también lo es que las cosas parecen seguir como estaban, que da la impresión de que aprobada la Ley se “pasa a otro tema” y se sigue corriendo hacia adelante. Lo que pedía la Cumbre de Pittsburg se quedó en el papel, las declaraciones iniciales de reinvención del sistema financiero han dejado de escucharse y es de sospechar el hecho de que las demandas de la Ley de Economía Sostenible no parecen cambiar ni esquemas ni paradigmas de comportamiento empresarial. La palabra “transparencia” quizá sea una de las más utilizadas en la ley, pero la opacidad en el mundo de la empresa sigue siendo como era. Se pide, por ejemplo, transparencia en salarios de las grandes empresas y ésta sigue diluida, como es evidente por la distancia salarial entre quienes más ganan y los que menos. Los consejeros ejecutivos de las empresas del IBEX ganan una media estimada de 2,3 millones de euros con un sueldo medio que ha crecido un 64% en los últimos seis años (a una media del 9% anual) mientras que los salarios sujetos a convenio han sufrido importantes moderaciones. Salvando las distorsiones que puedan introducir los cambios de composición del índice, la conclusión es que, en general, los sueldos de los consejeros ejecutivos han subido con fuerza en los años de bonanza y se han mantenido en los de crisis, no así los del resto de quienes trabajan en las empresas. Las cajas son las más opacas en relación a los salarios de sus directivos. Pero la ley demanda transparencia, también en este tema. ¿Se cambiará esta inercia?
El preámbulo de la ley reconoce que esta estrategia “incluye un variado elenco de iniciativas legislativas, reglamentarias y administrativas, así como la promoción de reformas en ámbitos específicos de la economía española como el laboral o el de la Comisión del Pacto de Toledo. Todas ellas pretenden servir a un nuevo crecimiento, a un crecimiento equilibrado, duradero: sostenible. Sostenible en tres sentidos: económicamente, esto es, cada vez más sólido, asentado en la mejora de la competitividad, en la innovación y en la formación; medioambientalmente, que haga de la imprescindible gestión racional de los medios naturales también una oportunidad para impulsar nuevas actividades y nuevos empleos; y sostenible socialmente, en cuanto promotor y garante de la igualdad de oportunidades y de la cohesión social.” Pero acabado su trámite de aprobación en el Congreso parece que las modificaciones pertinentes han quedado relegadas a otros temas, aparentemente más urgentes, connotando, con ello, que lo deseado por esta ley podría ser aplazado.
Se pide en la Ley que las entidades financieras, además de incrementar su transparencia objetiven los procesos de concesión de créditos, tanto a empresas como a ciudadanos, pero lo que se percibe es una mayor restricción del crédito sin especiales explicaciones. Ya han existido muertes de empresas pequeñas originadas no por ausencia de mercado o de clientes sino por falta de financiación. También se pide en la Ley establecer mecanismos de protección a los usuarios pero las instituciones financieras parece que, sin prestar atención a otros temas, tan solo están consiguiendo superar su nerviosismo derivado de la crisis que el propio sistema financiero ha generado.
Desde luego, de lo que no se oye hablar es del fomento que la Ley pide hacer de la Responsabilidad Social de las empresas y de las Instituciones. Responsabilidad centrada en ejes como “buen gobierno corporativo, compromiso con lo local y el medioambiente, respeto a los derechos humanos, mejora de las relaciones laborales, promoción de la integración de la mujer, de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, de la igualdad de oportunidades y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y del consumo sostenible”, todo ello “de acuerdo con las recomendaciones que, en este sentido, haga el Consejo Estatal de la Responsabilidad Social Empresarial”. Pero no debería constituir excusa para no hacerlo el que el Consejo no elabore esas recomendaciones, pues expresamente dice la Ley que “con el objetivo de incentivar a las empresas, organizaciones e instituciones públicas o privadas, especialmente a las pequeñas y medianas y a las empresas individuales, a incorporar o desarrollar políticas de responsabilidad social, las Administraciones Públicas mantendrán una política de promoción de la responsabilidad social, difundiendo su conocimiento y las mejores prácticas existentes y estimulando el estudio y análisis sobre los efectos en materia de competitividad empresarial de las políticas de responsabilidad social. En particular, el Gobierno pondrá a su disposición un conjunto de características e indicadores para su autoevaluación en materia de responsabilidad social, así como modelos o referencias de reporte, todo ello de acuerdo con los estándares internacionales en la materia”. (Art. 39)
Quizá haya que pensar que lo sostenible no lo es porque se diga o se califique con esta palabra una determinada acción, lo es porque los comportamientos, los criterios de acción y los elementos que componen las decisiones se ajustan a lo exigido como condición para que sea sostenible. Las palabras, por si solas, no califican nada. Al contrario, si se usan sin contenido conllevan el riesgo de vaciar su significado. Quizá esté pasando esto con la Ley de Economía Sostenible que tanto interés despertó. Y esto es peligroso, porque vaciar las expectativas generadas suele aportar escepticismo. Es cierto que ha pasado poco tiempo desde su aprobación, por ello esperamos que se reactiven las expectativas generadas.