mujeres y derechos humanos
Foto de Ives Ives en Unsplash

Empresas, derechos humanos y mujeres

Cada vez se habla más de los impactos que las empresas producen en el medioambiente y/o en los derechos humanos, pero todavía son escasas las referencias a los impactos diferenciados que la actividad empresarial puede provocar en las mujeres.

Se pueden distinguir aquellos impactos que afectan a las mujeres por su condición de trabajadoras, y aquellos otros que les afectan por su pertenencia a comunidades impactadas por actividades empresariales en este territorio.

Mujeres trabajadoras

En relación con el primer grupo de impactos encontramos que, de manera general, las mujeres tienen menos oportunidades de participar en el mercado laboral y tienen también un porcentaje menor de encontrar un trabajo dentro de este mercado.[1]

Las mujeres, en general sufren discriminación en el mercado laboral, muchas mujeres con un trabajo remunerado se encuentran en situaciones de vulnerabilidad por la realización de trabajos mal remunerados, o infravalorados, en donde la brecha salarial existe haciendo que ganen menos que sus compañeros masculinos por el desempeño de un trabajo de igual valor. Esto combinado a la todavía mayoritaria presencia femenina en trabajos de cuidados no remunerados, hace que las mujeres trabajen en general más horas combinando ambos trabajos. Por ejemplo, en 2017 un 82% de las mujeres en países en vías de desarrollo se encontraban en una situación de empleo vulnerable[2].

Un 71% de mujeres son víctimas de alguna forma de esclavitud moderna, representando un 99% de las víctimas de trabajo forzado en la industria del comercio sexual y un 58% en otros sectores, son un 40% de las víctimas de trabajo forzoso impuesto por autoridades estatales[3].

Mujeres defensoras

En el segundo grupo relacionado con las vulneraciones que sufren las mujeres por su pertenencia a comunidades afectadas por actividades empresariales, hay que destacar la situación de vulnerabilidad que enfrentan las defensoras de los derechos humanos y del medioambiente tanto por su lucha frente a estados y a empresas como por superar roles del género al tomar posiciones de liderazgo para defender los derechos y la tierra. Por ello sufren algunas formas específicas de violencia de género como la violencia sexual, las amenazas propias y a familiares y la discriminación en sus propias comunidades[4]. Así lo refleja el informe de Alianza por la Solidaridad, Destierradas en donde se documenta que, según datos del Registro Mesoamericano de Agresiones a Defensoras de Derechos Humanos, entre 2015 y 2016 se contabilizaron en la región 2.197 agresiones contra Defensoras de Derechos. Entre ellas destacan las cifras en El Salvador (102), Guatemala (231), Honduras (810), México (862) y Nicaragua (192)[5].

En muchas comunidades rurales, son las mujeres las responsables de la producción agrícola y de los cuidados, pero tienen una capacidad limitada de decisión en relación con la propiedad de la tierra, con lo que también tienen poca capacidad para decidir sobre las expropiaciones de tierra producidas por proyectos extractivos, aunque sin embargo sufren las consecuencias de estos proyectos de manera evidente[6].

Las mujeres también sufren de manera desproporcionada los impactos ambientales, por los daños que estos producen en los cultivos -cuya atención suele depender de las mujeres- la propia capacidad de resistir a los desastres naturales y porque en caso de desastres personales serán ellas las encargadas de los cuidados a las personas que hubiesen resultado afectadas[7].

Perspectiva de género y mecanismos específicos para abordar los impactos que sufren las mujeres

Para solucionar algunos de estos problemas es fundamental que las iniciativas que se están desarrollando en materia de empresas y derechos humanos – en legislaciones nacionales, europeas y en el Tratado Vinculante sobre empresas y derechos humanos- incluyan la perspectiva de género e incluyan la necesidad para las empresas de desarrollar mecanismos específicos para abordar los especiales impactos que sufren las mujeres, tanto en el desempeño de sus funciones laborales como en su rol de mujeres defensoras y miembros de comunidades afectadas por proyectos empresariales.

Los Estados además deberán asegurar medidas y mecanismos destinados a prevenir y evitar estas situaciones en cumplimiento de los Tratados Internacionales ya en vigor y que establecen la obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos de las mujeres al tiempo que deben asegurar que los mecanismos destinados a la justicia y al remedio incluyen la necesaria perspectiva de género para poder comprender la especial casuística de los problemas enfrentados por las mujeres en estas situaciones.

 

[1] World Employment and Social Outlook: Trends 2018, ILO (OIT)

[2] Ibid, pag 2

[3] ILO / Walk Free Foundation (2017), Global Estimates of Modern Slavery

[4] Women human rights defenders, OHCHR

[5] Destierradas, Alianza por la Solidaridad, 2019

[6] ActionAid International (2016), On the frontline: Catalysing women’s leadership in humanitarian action

[7] Ibid

Artículos relacionados