Directiva CSDDD: mitos y realidades en un momento clave para su aprobación definitiva

La directiva CSDDD puede suponer un antes y un después en la transformación hacia modelos empresariales más sostenibles y responsables respecto a su entorno social y medioambiental, tanto en la gestión de las propias actividades como de la cadena de valor. De ahí la importancia de su aprobación e implementación a la mayor brevedad posible.

Recientemente se cumplieron dos años desde la presentación de la propuesta de Directiva sobre Debida Diligencia de las Empresas en Materia de Sostenibilidad (CSDDD, por sus siglas en inglés) , con objetivos tan ambiciosos como fomentar la contribución de las empresas que operan en el mercado único al respeto de los derechos humanos y del medio ambiente en sus propias operaciones y a través de sus cadenas de valor, identificando, previniendo, mitigando y dando cuenta de sus efectos adversos sobre los derechos humanos y el medio ambiente, y contando con una gobernanza, sistemas de gestión y medidas adecuados para este fin”.

Tras un arduo y complejo proceso de negociaciones, cuyo último hito ha sido la aprobación de una última versión del texto de la Directiva por parte del Consejo Europeo, el próximo paso será el voto en Plenario del Parlamento Europeo, previsto para el 24 de abril. El actual texto de la Directiva es fruto de una intensa búsqueda de consensos, y si bien el contenido está por debajo de las expectativas iniciales, esta regulación puede suponer un antes y un después en la transformación hacia modelos empresariales más sostenibles y responsables respecto a su entorno social y medioambiental, tanto en la gestión de las propias actividades como de la cadena de valor. De ahí la importancia de su aprobación e implementación a la mayor brevedad posible. 

A pesar de este carácter consensual, la información sobre la Directiva sigue estando en ocasiones impregnada de mitos, que presentan esta legislación como una amenaza a la competitividad de las empresas europeas, con efectos negativos sobre el conjunto de la economía. Este relato sesgado y pesimista no es nuevo, ni espontáneo: ya en 2020, una investigación de Corporate Europe Observatory reveló las maniobras de diversos lobbies corporativos para posicionar este tipo de visiones negativas, y con ello, demandar una “rebaja” de las exigencias incluidas en la futura regulación. 

Recientemente, la European Coalition for Corporate Justice (ECCJ) , organización de la que forma parte el Observatorio RSC, realizó un evento para analizar y confrontar la desinformación sobre la Directiva. Uno de los productos de dicho evento fue la identificación de los 5 mitos más habituales sobre esta regulación, que se presentan a continuación de manera muy resumida: 

  • MITO 1: Frente al mito de un sector empresarial unido contra la CSDDD, se plantea la pluralidad de perspectivas, incluyendo apoyos de importantes organizaciones empresariales.
  • MITO 2: Frente al mito de un exceso de cargas administrativas que amenaza la competitividad, se plantea la realidad de una Directiva que aporta seguridad jurídica y claridad en un contexto de proliferación de diversas iniciativas legislativas en el ámbito de la RSC.
  • MITO 3:Frente al mito de una amenaza para la supervivencia de las pymes, se plantea la realidad de un ámbito de aplicación restringido a las empresas de más de 1.000 empleados y 450 millones de euros de facturación; así como los mecanismos de acompañamiento y compensación para prevenir posibles efectos indirectos derivados de la pertenencia de las pymes a las cadenas de valor de las grandes empresas.
  • MITO 4: Frente al mito de un sobrecoste para el consumidor derivado de las nuevas exigencias legales para las empresas, se plantea la realidad de una regulación que trata de atajar la incertidumbre y las ineficiencias de mercado derivadas de malas prácticas, lo cual generará una mayor competitividad e innovación.
  • MITO 5: Frente al mito de una responsabilidad civil por defecto en relación a las acciones de la cadena de valor, se plantea la realidad de una responsabilidad civil bajo condiciones específicas (y con un planteamiento más bien “conservador”).

En un momento crucial para la aprobación de la CSDDD, desde el Observatorio RSC entendemos que dichos mitos, ampliamente contrastados, no deben comprometer la integridad de un texto que es fruto de un complejo equilibrio y una amplia búsqueda de consensos entre las diferentes fuerzas políticas. 

La Directiva es una reivindicación de larga data por parte de la sociedad civil europea, y existe el riesgo de que la influencia de ciertos grupos de presión pueda limitar su eficacia o incluso retrasar de nuevo los calendarios previstos para su aplicación. En este sentido, hacemos un llamamiento a la responsabilidad de las instituciones europeas para que promuevan la aprobación (y posterior transposición a las leyes nacionales) en los términos y plazos previstos.