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Directiva de debida diligencia en materia de sostenibilidad. Aún mucho por hacer

Actualmente, una de las políticas públicas que más interés está suscitando por parte de los actores que trabajamos en el ámbito de la RSC y la sostenibilidad empresarial, es la propuesta presentada por la Comisión Europea de Directiva de Debida Diligencia sobre las empresas en materia de sostenibilidad. Esta nueva directiva sería un hito legislativo importante a nivel europeo puesto que podría marcar un punto de inflexión en cuanto a la responsabilidad de las empresas en materia de sostenibilidad, medioambiente y derechos humanos. 

El 23 de febrero de 2022, la Comisión Europea presentó la propuesta de Directiva. El texto de la propuesta de directiva es un buen punto de partida sobre el que poder trabajar, sin embargo, tiene importantes carencias que deben subsanarse si se quiere que la directiva sea un instrumento eficaz que genere un impacto positivo sobre las personas y el planeta. 

En diciembre de ese mismo año, el Consejo ya adoptó su posición de negociación (orientación general), con una propuesta de texto más laxa. Por un lado, los ministros votaron por dejar a la discreción de cada Estado miembro si deja fuera de la ley al sector financiero, lo que conduciría a la fragmentación del mercado y a una ‘competición a la baja’. Por otro lado, se optó por limitar la norma a un concepto vago de “cadena de actividades” en lugar de “cadena de valor”, protegiendo así a empresas que producen plaguicidas, armas o tecnología de vigilancia del escrutinio de los daños que pueden dar lugar sus productos y servicios.

En mayo, el plenario del Parlamento consensua su postura negociadora definitiva, con lo que, en estos primeros meses del año, se están llevando a cabo las votaciones con las posturas de las diferentes comisiones parlamentarias a las que afecta dicha Directiva. 

Estas votaciones han tenido sus luces y sombras. En las comisiones que tienen competencias compartidas, en general se han obtenido buenos resultados. 

La Comisión de Asuntos Exteriores (AFET) y su Subcomisión de Derechos Humanos votaron en su dictamen final ampliar el ámbito de aplicación a las PYME de sectores de alto riesgo e incluir un amplio conjunto de normas de derechos humanos y de gobernanza y lucha contra la corrupción en el ámbito de aplicación material; la Comisión de Comercio Internacional (INTA) votó a favor de un compromiso que amplía el ámbito de aplicación y preserva la cadena de valor; la Comisión de Política Económica (ECON) votó a favor de un acuerdo mejorable. Es decir, el sector financiero sólo queda parcialmente cubierto por las obligaciones de debida diligencia y se suprimen las reformas de las obligaciones de administradores. 

Hasta la fecha la última votación ha sido la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (ENVI) que optó por incluir la obligación de que las grandes empresas y las PYME en ciertos sectores de riesgo evalúen el riesgo de sus cadenas de valor globales por abusos y que tengan que rendir cuentas por sus impactos en el medio ambiente y el cambio climático. Se votó a favor de fortalecer la definición de ‘impactos ambientales adversos’ para abarcar los impactos sobre el suelo, el agua, la biodiversidad y el clima. Además, la comisión acordó incluir la mitigación y adaptación climática en el alcance de las obligaciones de las empresas.

Por otro lado, en las comisiones que no tienen competencias compartidas y solo dan su opinión, los resultados han sido variados. La Comisión de Industria, Investigación y Energía (ITRE), optó por un dictamen que reduce el ámbito de aplicación a las empresas con más de 5.000 empleados y el ámbito de aplicación de la cadena de valor a los proveedores directos de fuera de la UE, con exclusión de las «zonas geográficas sin riesgo». Por su parte, la Comisión de Desarrollo Sostenible (DEVE) apoyó una propuesta que se refuerza en muchos aspectos: ámbito de aplicación, cadena de valor, ámbito material (se cubren los derechos humanos y las normas medioambientales), diligencia debida climática, diligencia debida para las prácticas de compra y responsabilidad civil (incluida la inversión de la carga de la prueba), mejora de las disposiciones sobre la participación de las partes interesadas.

El camino que queda hasta la aprobación definitiva de la Directiva es aún largo. Varias comisiones del parlamento tienen que fijar su posición todavía y especialmente JURI, la Comisión de Asuntos Jurídicos que lidera el dossier, que se espera a finales de marzo y en mayo será el Parlamento Europeo en su plenario cuando fije su posición definitiva. De ahí en adelante, aún quedarán los denominados triálogos, una negociación a tres bandas (Consejo, Parlamento y Comisión Europea) para alcanzar un acuerdo definitivo y adoptar la directiva.

Durante todo este largo proceso que se iniciara en 2022 y que seguirá en los próximos meses a lo largo de este año, el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil en torno a la nueva Directiva está siendo igualmente intenso.  Desde que se lanzara en septiembre de 2022 la campaña europea Justice is everybody’s business, una coalición de organizaciones sindicales y de la sociedad civil de Europa y de otros países y de la que forma parte el Observatorio de RSC, estamos centrando los esfuerzos en mejorar el texto de la directiva a través de campañas para concienciar a la sociedad civil y a la ciudadanía [1], envío de cartas y declaraciones conjuntas con nuestra posición y peticiones a decisores [2], publicación tanto de noticias como de escritos con el fin de informar y capacitar a la sociedad en general [3], realización de eventos en los que poner en común temáticas y a grupos de interés relacionados con la sostenibilidad empresarial.

Para que la Directiva de Debida Diligencia de las Empresas en materia de Sostenibilidad sea ambiciosa y eficaz en la protección de los derechos humanos y medioambientales, debería: 

  1. Aplicarse a toda la cadena de valor de las empresas, dentro y fuera de las fronteras de la UE, incluyendo el conjunto de relaciones comerciales de acuerdo con los principios rectores de Naciones Unidas y las Líneas Directrices de la OCDE.
  2. Abarcar a todos los sectores, incluido el sector financiero.
  3. Incluir dentro de su ámbito de aplicación a la totalidad de la cadena de valor global,.
  4. Proteger los derechos humanos, desde una perspectiva amplia y alineada con los estándares de Naciones Unidas así como el medioambiente, comprometiéndose con la lucha contra el cambio climático.
  5. Incorporar de modo transversal la perspectiva de género y establecer las medidas necesarias para proteger los derechos de las mujeres y las niñas.
  6. Establecer con carácter obligatorio las consultas y la participación de los actores sociales y partes interesadas.
  7. Proteger a las personas trabajadoras, las comunidades y el medioambiente dentro de la UE.
  8. Establecer con claridad la responsabilidad civil e impulsar la eliminación de las barreras legales para el acceso de las víctimas a la justicia.

 

 

[1]  Activists commemorate 272 people killed in Brumadinho dam collapse in die-in

[2] Algunos ejemplos: Más de 220 grupos de la sociedad civil piden que se refuerce la ley de Debida Diligencia de las Empresas en materia de Sostenibilidad.

Nuestra valoración de la propuesta de directiva europea sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad

NGOs and experts call on EU to ensure new directive addresses risks in conflict-affected areas 

EU ministers: Guarantee an effective corporate sustainability law 

[3] Algunos ejemplos: Overwhelming public support for EU law to hold companies liable for human rights violations and environmental harms

ECCJ in Social Europe: Political leaders sabotaging corporate sustainability 

Comprehensive analysis of EU Commission’s proposal for a directive on due diligence 

Recommendations on corporate governance in the draft directive

Setting the record straight: Downstream due diligence

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